A consecuencia de la pérdida de cualesquiera de los Bienes (ver definiciones) que se encuentren en posesión de un cliente del Asegurado o de cualquier representante de tal cliente, sea o no legalmente responsable el Asegurado por dicha pérdida.
A consecuencia de la pérdida o daños a todo el mobiliario, accesorios, equipos (con excepción de las computadoras y equipo periférico), papelería, suministros o cajas fuertes y bóvedas de los locales del Asegurado, causadas por robo, hurto, asalto o cualquier intento de efectuar los mismos, o por vandalismo o daño intencional, exceptuando siempre sin embargo, toda pérdida o daño causado por incendio.
A consecuencia de pérdida por daños a tales locales, a causa de hurto, robo, asalto o cualquier intento de tales hechos, o al interior de cualquiera de dichos locales por vandalismo.
Esta cobertura está condicionada a que el Asegurado sea el propietario de dichos locales, muebles, instalaciones, equipos (excluyendo computadoras y sus equipos periféricos), papelería, suministros o cajas fuertes y tesoros o sea responsable por dicha pérdida o daño; en todos los casos se exceptúan las pérdidas o daños causados por incendio.
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